Ingeniería Agronómica

Actividad Profesional

  • Programar, ejecutar y evaluar la multiplicación, introducción, mejoramiento, adaptación y conservación de especies vegetales con fines productivos, experimentales u ornamentales.
  • Determinar, clasificar, inventariar y evaluar los recursos vegetales a los efectos de su aprovechamiento, reproducción y conservación de la diversidad biológica.
  • Programar y ejecutar la producción, mantenimiento y conservación de recursos forrajeros e intervenir en su evaluación y utilización en función de la producción animal.
  • Programar, ejecutar y evaluar la implantación de especies vegetales en distintos espacios, de acuerdo con las características, función y destino de los mismos, y determinar las condiciones de manejo de dichas especies.
  • Programar, ejecutar y evaluar la implantación de especies vegetales, en proyectos de parques, jardines, campos deportivos y recreativos, y demás espacios verdes.
  • Intervenir en la elaboración de proyectos de parques, jardines, campos deportivos y recreativos y demás espacios verdes.
  • Programar, ejecutar y evaluar estudios y análisis de suelos y aguas con fines agropecuarios, forestales y paisajísticos, excluida la acuicultura.
  • Programar, ejecutar y evaluar estudios y análisis de productos vegetales, sus derivados y residuos de uso agrícola.
  • Controlar y administrar las cuencas, los sistemas de riego y drenaje. Para uso agropecuario y forestal, evaluar eventuales daños provocados por la erosión hídrica y determinar los cánones de riego.
  • Intervenir en la programación, ejecución y evaluación del manejo del agua y su conservación, para determinar los posibles caudales de uso evitando su contaminación y/o agotamiento, excluida la acuicultura.
  • Realizar relevamiento de suelos y programar, ejecutar y evaluar métodos de conservación, manejo, recuperación y habilitación de los mismos con fines agropecuarios, forestales y paisajísticos.
  • Establecer y evaluar la capacidad agronómica del suelo; elaborar sobre la base de la misma propuestas de parcelamiento incluyendo criterios de impacto ambiental, y participar en la determinación de la renta bajo distintas condiciones de uso y productividad.
  • Intervenir en la determinación de unidades económicas agrarias, en el fraccionamiento de inmuebles rurales, y en la confección de catastros agrarios y de recursos naturales.
  • Programar, ejecutar y evaluar la prevención y control de los factores bióticos que afectan la producción agropecuaria y forestal.
  • Programar, ejecutar y evaluar la prevención y control de los factores abióticos que afectan la producción agropecuaria y forestal.
  • Realizar estudios orientados a la evaluación de las consecuencias que puedan provocar fenómenos naturales (inundaciones, sequías, vientos, heladas, granizo y otros) a los efectos de la determinación de primas de seguros o estimación de daños.
  • Intervenir en estudios de caracterización climática a fin de evaluar su incidencia en la producción agropecuaria y forestal.
  • Programar, ejecutar y evaluar el ordenamiento, desmonte y raleo de formaciones vegetales.
  • Determinar las características, tipificar, fiscalizar y certificar calidad, pureza y sanidad de: a) semillas y otras formas de propagación vegetal; b) plantas transgénicas y c) productos y subproductos agropecuarios y forestales.
  • Intervenir en la evaluación de la calidad de la composición de productos de origen pecuario, excluyendo aspectos higiénicos-sanitarios.
  • Determinar las condiciones de almacenamiento, conservación, tratamiento sanitario y transporte y todo otro relacionado al manejo postcosecha de granos, forrajes, frutos, semillas y otros productos vegetales.
  • Programar, ejecutar y evaluar la formulación, certificación de uso, comercialización, expendio y aplicación de agroquímicos, recursos biológicos, recursos biotecnológicos, fertilizantes y enmiendas destinadas al uso agrícola y forestal, por su posible perjuicio a la integridad y conservación del suelo y el ambiente.
  • Asesorar en la elaboración, almacenamiento, conservación y transporte de agroquímicos, recursos biológicos, recursos biotecnológicos, fertilizantes y enmiendas destinadas al uso agrícola y forestal.
  • Programar, ejecutar y evaluar el uso de instalaciones rurales, máquinas y herramientas agrícolas por su posible perjuicio a la integridad y conservación del suelo y el ambiente.
  • Asesorar en el diseño de las instalaciones rurales, máquinas y herramientas agrícolas.
  • Programar, ejecutar y evaluar la utilización de técnicas agronómicas, en el manejo, conservación, preservación y saneamiento del ambiente, y en el control y prevención de las plagas que afectan el ambiente humano, excluido los aspectos de salud pública y sanidad animal.
  • Realizar estudios, diagnósticos, evaluaciones y predicciones referidos a la producción agropecuaria y forestal a distintos niveles: local, departamental, provincial, nacional o regional.
  • Programar, ejecutar y evaluar acciones de información, difusión y transferencia de tecnologías destinadas a la producción agropecuaria y forestal.
  • Organizar, dirigir, controlar y asesorar establecimientos destinados a la producción agropecuaria, forestal y participar en las mismas funciones en establecimientos destinados a la producción agroindustrial.
  • Organizar, dirigir, controlar y asesorar establecimientos destinados al mejoramiento, multiplicación y producción vegetal.
  • Intervenir en la organización, dirección, control y asesoramiento de establecimientos destinados al mejoramiento y producción animal.
  • Intervenir en la realización de estudios e investigaciones destinadas al mejoramiento de la producción agropecuaria.
  • Organizar y dirigir parques y jardines botánicos, programando, ejecutando y evaluando el mantenimiento y utilización de las especies y formaciones vegetales que integran las poblaciones y reservas naturales.
  • Programar y poner en ejecución las normas tendientes a la conservación de la flora y la fauna de invertebrados, preservando la biodiversidad y el patrimonio genético existente.
  • Participar en la programación, ejecución y evaluación de proyectos de turismo rural y ecoturismo.
  • Programar, ejecutar y evaluar estudios destinados a determinar las formas de aprovechamiento de los diferentes recursos con uso agrícola y forestal y participar en lo pecuario.
  • Participar en la realización de estudios referidos al impacto ambiental de obras que impliquen modificaciones en el medio rural.
  • Participar en la determinación de las condiciones del trabajo rural y asesorar en la adecuación de las mismas en función de criterios de eficiencia y calidad de vida.
  • Programar, ejecutar y evaluar acciones relativas a la conservación y manejo del suelo, agua y recursos vegetales con fines agropecuarios y forestales.
  • Participar en la elaboración de planes, políticas y normas relativas a la conservación y manejo del suelo, agua y recursos vegetales, y a la producción agropecuaria, forestal y agrosilvopastoril.
  • Participar en la identificación, formulación y evaluación de proyectos de inversión y/o de desarrollo rural.
  • Participar en la programación, ejecución y evaluación de políticas rurales, planes de colonización y programas de desarrollo rural.
  • Programar, ejecutar y evaluar valuaciones, peritajes, arbitrajes y tasaciones de plantaciones, formaciones vegetales naturales e implantadas, órganos vegetales unidades de producción agropecuarias y forestales, sus mejoras fundiarias y los elementos afectados a la misma.
  • Programar, ejecutar y evaluar acciones relativas al manejo de pastizales naturales, sistemas silvopastoriles y agrosilvopastoriles.

Perfil del Egresado

  • El egresado de la carrera de Ingeniería Agronómica de la Facultad de Agronomía y Zootecnia de la UNT, se caracterizará por una sólida formación profesional científico-tecnológica y humanística, sobre las bases y fundamentos de las Ciencias Agropecuarias, para actuar con idoneidad, responsabilidad y ética en la región subtropical y con el firme propósito de promover el desarrollo sociocultural de su pueblo y del país en general.
  • Desde lo ocupacional, influirá positivamente en la reflexión y las acciones conducentes a optimizar los procesos agropecuarios, atendiendo la realidad protagónica del productor, la dinámica de transformación de la agricultura y ganadería regional, nacional y mundial y los recursos disponibles para sustentar el sistema.
  • Se destacará por su capacidad para analizar y juzgar los diversos modelos agroproductivos y discernir, desde su formación técnico-científica, el que mejor conviene a nuestra realidad, generando y aportando nuevas tecnologías adecuadas a la finalidad y/o recomendando técnicas consagradas por su probada efectividad.
  • Tendrá una clara concepción conservacionista de los recursos y del ambiente agroecológico, fundamental para asumir la producción de bienes y servicios agropecuarios en el marco de sostenibilidad que exige el frágil ecosistema agrícola.
  • Podrá aportar estudios sobre las potencialidades de los recursos naturales locales y de la región y proponer proyectos de explotación eficiente y racional de los mismos.
  • Desde lo empresarial, será capaz de elaborar estrategias que permitan competir y ganar en la gestión económica, atendiendo la diversidad y la dinámica de cambio permanente de los sectores productivos, la estructuración y ordenamiento de las empresas, los estilos de comercialización y la globalización de los mercados.
  • En lo personal, se destacará por su sensibilidad social, su sentido de pertenencia profesional y comunal (provincial y nacional), un agente de cambio natural, con capacidad para responder tanto a la demanda convencional, constituida por los medianos y grandes productores agropecuarios como a las necesidades concretas de los pequeños productores en el marco de su realidad y circunstancias inmediatas.
  • Será un profesional con capacidad de análisis crítico, de opinión fundada en la ciencia, versátil y flexible para adaptarse rápidamente al cambio, capaz de una comunicación fluida oral y escrita en su propia lengua y al menos, entender el idioma inglés. Capaz de integrarse en equipos de trabajo multi e interdisciplinarios con protagonismo y responsabilidad profesional.
  • Tendrá capacidad para realizar estudios y proponer políticas y legislaciones directamente vinculadas con la profesión y el sector agroproductivo. Podrá interactuar con instituciones públicas y privadas, vinculadas con la profesión o de carácter social y cultural general, aportando sus conocimientos y su cultura general al desarrollo de su comunidad.

Planes de Estudio

Plan 2003

Primer Año

primer cuatrimestre segundo cuatrimestre
(101) morfología de las plantas vasculares (105) botánica sistemática
Correlativa: (101) Morfología de las Plantas Vasculares
(102) Matemática (106) Química Básica
(103) introducción a la Zootecnia I (107) física general
Correlativas: (102) Matemática
(104) ingles técnico (108) Sociología Agraria

Segundo Año

primer cuatrimestre segundo cuatrimestre
(109) Química Orgánica
Correlativas: (106) Química Básica
(114) Climatología Y Fenología Agrícola
Correlativa: (105) Botánica Sistemática; (107) Física General
(110) Química Analítica Y Agrícola
Correlativas: (106) Química Básica
(115) Bioquímica Agrícola
Correlativas: (109) Química Orgánica
(111) Biometría Y Técnica Experimental
Correlativa: (102) Matemática
(116) Físico Química
Correlativas: (107) Física General
(112) Ecología General
Correlativas: (105) Botánica Sistemática
(117) Zoología Agrícola
Correlativas: (112) Ecología General
(113) Optativa (118) Taller De Integración
Correlativas: (109) Química Orgánica; (111) Biometría Y Técnica Experimental; (112) Ecología General

Tercer Año

primer cuatrimestre segundo cuatrimestre
(119) Fisiología Vegetal
Correlativas: (105) Botánica Sistemática; (115) Bioquímica Agrícola; (116) Físico Química
(123) Microbiología Agrícola
Correlativa: (115) Bioquímica Agrícola
(120) Introducción A La Zootecnia II
Correlativas: (103) Introducción A La Zootecnia I; (115) Bioquímica Agrícola
(124) Genética
Correlativas: (109) Química Orgánica; (111) Biometría Y Técnica Experimental;
(121) Economía Agraria
Correlativa: (111) Biometría Y Técnica Experimental
(125) Edafología
Correlativas: (110) Química Analítica Y Agrícola; (114) Climatología Y Fenología Agrícola; (116) Físico Química
(122) Mecanización Agrícola
Correlativas: (107) Física General
(126) Política Agraria
Correlativas: (108) Sociología Agraria; (121) Economía Agraria

Cuarto Año

primer cuatrimestre segundo cuatrimestre
(127) Fitopatología
Correlativas: (117) Zoología Agrícola; (123) Microbiología Agrícola
(132) Optativa
(128) Manejo Y Conservación Del Suelo
Correlativas: (122) Mecanización Agrícola; (125) Edafología
(133) Riego Y Drenaje
Correlativas: (128) Manejo Y Conservación Del Suelo
(129) Fitotecnia General
Correlativa: (124) Genética
(134) Terapéutica Vegetal
Correlativas: (127) Fitopatología
(130) Producción Animal I
Correlativas: (120) Introducción A La Zootecnia II
(135) Manejo Integrado De Plagas
Correlativas: (127) Fitopatología
(163) Metodologías De Intervención Para El Desarrollo Rural Ver Programa (136) Legislación Agraria
Correlativas: (108) Sociología Agraria; (126) Política Agraria
(137) Módulo De Propagación
Correlativas: (119) Fisiología Vegetal

Quinto Año

primer cuatrimestre segundo cuatrimestre
(138) Producción Animal II
Correlativas: (130) Producción Animal I
(144) Agroecología
Correlativas: (112) Ecología General; (130) Producción Animal I; (133) Riego Y Drenaje; (136) Legislación Agraria
(139) Forrajicultura Y Cerealicultura
Correlativas: (129) Fitotecnia General; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(145) Horticultura
Correlativas: (129) Fitotecnia General; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(140) Cultivos Industriales
Correlativa: (129) Fitotecnia General; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(146) Dasonomía
Correlativas: (129) Fitotecnia General; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(141) Fruticultura
Correlativas: (129) Fitotecnia General; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(147) Plantas Ornamentales Y Floricultura
Correlativas: (129) Fitotecnia General ; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(142) Caña De Azúcar
Correlativas: (129) Fitotecnia General; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(148) Agroindustrias
Correlativas: (129) Fitotecnia General; (133) Riego Y Drenaje; (135) Manejo Integrado De Plagas
(143) Gestión De La Empresa Agropecuaria
Correlativas: (121) Economía Agraria; (136) Legislación Agraria
(149) Producción Animal III
Correlativas: (138) Producción Animal II

En las asignaturas marcadas con el alumno deberá cursar una parte básica (40 horas) y elegir una de las optativas que la Cátedra ofrece.

Prácticas Profesionales

Carrera de Ingeniería Agronómica Plan 2003

Comité de Prácticas Profesionales

Se consideran Prácticas Profesionales las siguientes actividades:

  • Prácticas en Investigación y/o Extensión
  • Prácticas en Talleres Didácticos Productivos
  • Practicantado Agronómico
  • Tesina

El alumno podrá optar por una o más de las actividades enunciadas anteriormente para cumplimentar las 360 h. En caso de realizar más de una actividad, se deberá programar cada una de ellas con un mínimo de 100 h.

Pasos a seguir para la inscripción en las Prácticas Profesionales:

  1. Inscripción en Dirección Alumnos de la FAZ. Se podrán inscribir los alumnos regulares con tercer año aprobado y cuarto año regularizado.
  2. El Alumno una vez inscripto deberá presentar ante el Comité la siguiente documentación:
    1. Certificado de aptitud física expedido por organismo oficial y certificado de vacuna antitetánica.
    2. Plan de trabajo: se adjunta formato al final de la presente.
    3. Nota de aceptación de los tutores (interno y externo) en caso de Practicantado Agronómico y Taller Didáctico Productivo cuando este último se lleve a cabo fuera de la institución. Nota de aceptación del director en caso de Tesina, Taller Didáctico Productivo y Práctica de Investigación y/o Extensión. En todos los casos por duplicado.
    4. Acta compromiso del Estudiante en el caso de Practicantado Agronómico.

IMPORTANTE

Todas las Prácticas Profesionales tendrán una duración máxima de un año, a partir de la fecha de resolución que autorice su desarrollo. El Comité podrá conceder en casos debidamente justificados y por única vez una ampliación de seis meses de plazo de finalización. Vencidos los plazos establecidos, si el alumno no ha concluido su trabajo, deberá reiniciar el trámite con una nueva propuesta de trabajo final.

Solo podrán iniciar cualquier tipo de Práctica Profesional aquellos alumnos que cuenten con la resolución de autorización emitida por el Decano para el desarrollo de las mismas.

Presentación del Plan de trabajo:

  • La presentación de los planes de trabajo se realizará teniendo en cuenta las siguientes características:
    Utilizar para la escritura Letra Arial 12.
  • Cuerpo del texto: justificado e interlineado 1,5.
  1. Hoja Carátula: debe contener la siguiente información:
    1. Práctica Profesional
    2. Modalidad: Tesina, Práctica de Investigación, Practicantado Agronómico o Taller Didáctico Productivo. El alumno debe elegir alguna de estas modalidades.
    3. Título del Plan de Trabajo.
    4. Datos Personales del Alumno: Apellido y Nombre, Nº de libreta universitaria, Teléfono/s, correo electrónico.
    5. Datos Personales del Tutor Interno: Profesión, Apellido y Nombre, Teléfono/s, correo electrónico.
    6. Datos Personales del Tutor Externo: Profesión, Apellido y Nombre, Teléfono/s, correo electrónico.
    7. Lugar de Trabajo.
    En caso de Tesina y Práctica de Investigación reemplazar los puntos e- y f- por Datos Personales del Director.
  2. Plan de Trabajo: debe contener los siguientes requisitos:
    1. Título del Plan de Trabajo.
    2. Introducción: destacar la importancia del tema elegido para realizar la práctica profesional.
    3. Objetivo general y específicos.
    4. Materiales y Métodos.
    5. Cronograma de Actividades.
    6. Bibliografía Consultada (la bibliografía deberá ser citada según las normas de publicación de la Revista RANAR de la FAZ)

Seguimiento de la Práctica Profesional:

En la modalidad Practicantado Agronómico, los alumnos deberán presentar dos informes parciales avalados por sus tutores. En el resto de las modalidades el seguimiento de la misma estará a cargo de sus respectivos directores.

Presentación del Trabajo Final:

Una vez finalizada la Práctica Profesional el alumno deberá elaborar un Trabajo Final con estructura científica acompañado por nota de elevación del director o tutores (interno, externo) dirigida al Comité de Prácticas Profesionales, donde notificará la finalización de la misma (por duplicado). Además, deberá realizar una Exposición oral de la Práctica Profesional.

Pautas mínimas de presentación:

  • Hoja Carátula que contenga: Práctica Profesional con su correspondiente modalidad, Título del trabajo, Apellido y Nombre de alumno y de los tutores o director y Lugar de trabajo.
  • Utilizar para la escritura Letra Arial 12.
  • Cuerpo del texto: justificado e interlineado 1,5.
  • Introducción.
  • Objetivo general y específicos.
  • Materiales y Métodos.
  • Resultados y Discusión.
  • Conclusión.
  • Bibliografía Consultada.

COMITÉ DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

Presentaciones de planes de trabajo e informe final a:

  • Ing. Agr. Mónica Dilascio. Cátedra Cultivos Industriales
  • Mg. Ing. Agr. Rosana Paz. Cátedra Zoología Agrícola
  • Ing. Agr. Sofía Agüero. Cátedra Climatología y Fenología Agrícola
  • Esp. Ing. Agr. Eugenia Zeman. Cátedra Climatología y Fenología Agrícola
  • CPN Eleonora Santochi. Cátedra Economía Agraria

Ante cualquier consulta comunicarse a practicasprofesionalesfaz@gmail.com

Prácticas profesionales. Reglamento (Resolución 1001/12 CD FAZ)

Introducción

La Facultad de Agronomía y Zootecnia es una Institución Universitaria de Enseñanza Agropecuaria Superior cuya misión principal es la de proporcionar Recursos Humanos con aptitud y actitud científica - tecnológica y humanística suficiente para promover y sustentar el desarrollo armónico del sector agroproductivo en particular y sociocultural en general en el ámbito provincial, regional y del país.

El perfil del Ingeniero Agrónomo que propone el Plan de Estudio 2003 debe caracterizarse por una sólida formación profesional sobre las bases y fundamentos de las Ciencias Agropecuarias. Deberá ser un profesional con capacidad de análisis crítico, de opinión fundada de la ciencia, versátil y flexible para adaptarse rápidamente al cambio y capaz de integrarse en equipos de trabajo multi e interdisciplinarios con protagonismo y responsabilidad profesional.

La carrera de Ingeniero Agrónomo involucra un campo de conocimientos que incluye saberes teóricos pero a la vez prácticas de intervención en el medio agrario con finalidades que definen los rasgos del perfil profesional del graduado. La teoría y la práctica son ámbitos complementarios que orientan una dinámica específica para la enseñanza y el aprendizaje. Por esta razón debe existir una instancia específica de Formación Práctica.

El Plan de Estudio 2003, contempla 360 horas destinadas a las Prácticas Profesionales que el estudiante debe cumplimentar para completar la carrera.

Por la importancia curricular y de formación de estas prácticas se hace necesario establecer las características de las mismas como así también las condiciones para su realización, ya que requieren un reconocimiento por parte de esta Unidad Académica, no solo para los estudiantes que las realicen sino también para los profesionales y/o productores que colaboren en su desarrollo. Este Proyecto surge atento a la necesidad de contar con normas que reglamenten adecuadamente las distintas Prácticas Profesionales que deben realizar los estudiantes de esta casa para obtener el Perfil Profesional propuesto por nuestra institución.

Objetivo General

Permitir al estudiante integrar lo aprendido durante el cursado de la carrera tanto en términos de conocimientos, habilidades, como actitudes.

Objetivo Específicos

  • Comprobar la madurez profesional del futuro egresado para trabajar metódica y sistemáticamente un tema determinado de su especialidad.
  • Aplicar los conocimientos adquiridos en su formación para la aplicación del método científico.
  • Posibilitar que el estudiante intensifique la práctica de los conocimientos teóricos adquiridos durante su formación universitaria.
  • Desarrollar su espíritu crítico investigando un problema relacionado con el área de su formación en las Ciencias Agropecuarias.
  • Fortalecer la capacidad de estudio independiente en el alumno para mantener actualizados los conocimientos que le permitirá realizar una labor creativa.
  • Promover la búsqueda de soluciones eficientes a los problemas observados en el campo del desempeño del futuro profesional contribuyendo al desarrollo de la provincia, de la región y del país.
  • Lograr que el estudiante profundice el contacto con el ámbito en que se desenvuelven las actividades relacionadas con el agro y se integre a un grupo laboral, contribuyendo así al afianzamiento de su propia personalidad y el logro de su identidad.
  • Complementar la práctica integradora de la actividad de campo para lograr una mejor formación en lo técnico profesional y en lo concerniente a la gestión de establecimientos rurales.

Reglamento General de las Prácticas Profesionales

Artículo 1: Se consideran Prácticas Profesionales las siguientes actividades:

  1. Prácticas en Investigación y/o Extensión
  2. Prácticas en Talleres Didácticos Productivos
  3. Practicantado Agronómico
  4. Tesina

Artículo 2: Cada una de las Prácticas Profesionales enunciadas en el artículo anteprecedente, se regirá por la normativa específica correspondiente.

Artículo 3: El alumno podrá optar por una o más de las actividades enunciadas anteriormente hasta cumplimentar 360 horas. En caso de realizar más de una actividad, se deberá programar cada una de ellas con un mínimo de 100 horas.

Artículo 4: Podrán realizar las Prácticas Profesionales, los alumnos que tengan aprobadas todas las asignaturas de tercer año y regularizadas las de cuarto año y que revistan la condición de regulares.

Artículo 5: El alumno deberá presentar certificado médico expedido por la acción social de estudiantes y/o autoridad oficial que acredite que se encuentre en condiciones de realizar las Prácticas Profesionales y certificado de vacuna antitetánica.

En la parte superior, pestaña "Documentación" pueden descargar el archivo correspondiente.

Artículo 6: El espacio curricular Prácticas Profesionales será responsabilidad del Comité de Prácticas Profesionales.

Artículo 7: El Comité estará integrado por 6 (seis) docentes de la FAZ elegidos por el Consejo Directivo y que durarán 4 (cuatro) años en sus funciones, entre los cuales por lo menos dos de ellos deberán revestir la situación de profesor.

Artículo 8: Para iniciar una actividad de las Prácticas Profesionales, los alumnos deberán inscribirse en Departamento Alumnos de la FAZ, quien previa constatación de los requisitos exigidos en el artículo 4 y 5, deberá girarla al Comité.

Artículo 9: El Comité procederá a la aceptación y tramitación de la actividad, de acuerdo a la normativa específica de cada una.

Artículo 10: Una vez cumplimentadas por el alumno la totalidad de las 360 horas de Prácticas Profesionales, el Comité elevará a Departamento Alumnos, un Informe con las actividades realizadas y completará un acta de examen manual para luego ser migrada al SIU, con la calificación final correspondiente, rubricado por al menos 3 (tres) de sus miembros.

Artículo 11: En caso que el espacio curricular sea cumplimentado con más de una actividad de Prácticas Profesionales, cada una de las mismas deberá contar con la calificación correspondiente, siendo la calificación final el promedio de las mismas.

Artículo 12: Todas las Prácticas Profesionales tendrán una duración máxima de un año, a partir de la fecha de resolución que autorice su desarrollo. El Comité podrá conceder en casos debidamente justificados y por única vez una ampliación de seis meses en el plazo de finalización. Vencidos los plazos establecidos, si el alumno no ha concluido su trabajo, deberá reiniciar el trámite con una nueva propuesta de trabajo final.

Artículo 13: Los Alumnos que se encuentren realizando las Prácticas Profesionales no quedarán eximidos de sus obligaciones normales con la FAZ - UNT durante el período que duren las mismas.

Artículo 14: La autoría de todas las Prácticas Profesionales será siempre individual.

Artículo 15: Cualquier situación, diferencias de criterio en cuanto al alcance de las Prácticas Profesionales y otros problemas que pudieran surgir entre las partes involucradas y que no estuvieran explícitamente contemplados en la presente reglamentación, serán resueltos por el Comité.

Prácticas de Investigación y/o Extensión

Artículo 1: Las Prácticas de Investigación y/o Extensión se realizarán sobre temas específicos, correspondientes a Programas, Proyectos, Planes de Investigación, Transferencia y/o Extensión, reconocidos por la FAZ - UNT, cualquiera sea su fuente de financiamiento y lugar físico de ejecución y cuya dirección sea ejercida por un Docente de la Casa con amplio dominio del tema propuesto.

Artículo 2: La dedicación diaria de la Práctica de Investigación y/o Extensión por parte del alumno, deberá ser acordada con el Director.

Artículo 3: Una vez cumplimentado el artículo 8 del Reglamento general de Prácticas Profesionales, el Comité solicitará al Alumno la presentación de: a) Plan de trabajo de la Práctica de Investigación y/o Extensión, el cual deberá constar de: título del trabajo, introducción, objetivos, metodología de trabajo, cronograma de actividades (indicando salidas a campo y/o viajes) y bibliografía; b) Nota de aceptación del Director, indicando lugar de trabajo, título y código del programa o proyecto al que pertenece. Toda la documentación deberá elevarse por duplicado.

Artículo 4: El Comité procederá a la aceptación de la documentación presentada que será elevada al Decano de la FAZ - UNT.

Artículo 5: El Decano mediante Resolución autorizará la realización de la práctica y se informará de dicha autorización al Comité, Director y Alumno.

Artículo 6: Una vez finalizada la práctica el alumno deberá elaborar un trabajo final con estructura científica que deberá ser presentado a su Director, el cual notificará al Comité la finalización de la misma.

Artículo 7: El Comité evaluará y calificará el trabajo final escrito y determinará fecha y hora de la exposición oral. La calificación final comprenderá el informe final escrito y la exposición oral.

Artículo 8: El Comité elevará a Departamento Alumnos, un Informe con las actividades realizadas y completará un acta de examen manual para luego ser migrada al SIU, con la calificación final correspondiente, rubricado por al menos 3 (tres) de sus miembros.

Artículo 9: Los derechos intelectuales del Informe Final serán de la Institución y serán compartidos por el Practicante y el Director de la Práctica de Investigación y/o Extensión.

Artículo 10: Las Prácticas de Investigación y/o Extensión serán Ad-Honorem, no recibiendo los Practicantes remuneración alguna por parte de la FAZ - UNT, por no configurar ni una relación de empleo público ni un contrato de trabajo privado.

Prácticas en Talleres Didácticos Productivos

Artículo 1: Las Prácticas en Talleres Didácticos Productivos se realizarán sobre actividades específicas relacionadas con la producción y/o transformación de productos provenientes del agro que permitan en el Practicante promover la inclusión social, el desarrollo tecnológico y/o productivo, la mejora educativa, el cuidado ambiental y la capacitación continua.

Artículo 2: Las Prácticas en Talleres Didácticos Productivos se realizarán en Empresas o instituciones públicas o privadas relacionadas con la producción y/o transformación de productos provenientes del agro como: a) Cooperativas; b) Voluntariado Universitario; c) Agroindustria; d) Otras acciones o prácticas que puedan considerarse pertinentes a las futuras actividades relacionadas al título de Ingeniero Agrónomo.

Artículo 3: Estas Empresas o Instituciones estarán ligadas a la FAZ mediante un Acta Compromiso u Acuerdo que se realizarán a través de la Secretaría de Extensión. La misma tendrá una duración estipulada por ambas partes y podrán ser renovadas oportunamente y no generarán derechos por parte de los firmantes.

En la parte superior, pestaña "Documentación" pueden descargar el archivo correspondiente.

Artículo 4: Las Empresas o Instituciones deberán brindar al Practicante la ayuda necesaria para el cumplimiento de la Práctica. Disponer de lugar adecuado para el desarrollo de la actividad y si la Empresa o Institución considerara pertinente podrá otorgar un beneficio económico al Practicante.

Artículo 5: La Empresa o Institución deberá permitir la supervisión de las actividades que cumple el Practicante por parte del Tutor y de la Facultad.

Artículo 7: El Practicante deberá cumplir con las normas internas de la Empresa o Institución y efectuar sus actividades con puntualidad, asistencia regular, dedicación y excelente presentación. Además, deberá considerar información confidencial toda la que reciba durante el desarrollo de la Práctica ya sea información relacionada con las actividades de la Empresa o Institución y/o sus clientes y/o con los procesos o métodos empleados.

Artículo 8: El incumplimiento por parte del Practicante de sus obligaciones expresadas anteriormente serán consideradas infracción grave y constituirán causas suficientes para que la Empresa o Institución deje sin efecto la Práctica, sin derecho por parte del Practicante a indemnización alguna por ningún concepto.

Artículo 9: Las Prácticas en Talleres Didácticos Productivos no implican relación laboral alguna entre Practicante y UNT y/o Empresa o Institución.

Artículo 10: Las Prácticas en Talleres Didácticos Productivos aportarán un beneficio mutuo entre el practicante, la Empresa o Institución y la Facultad en su proyección al medio.

Artículo 11: En caso que se presentaran varios practicantes a una misma Empresa o Institución y esta no tuviera disponibilidad para recibirlos, el Comité de Prácticas Profesionales seleccionará a los aspirantes mediante concurso de antecedentes, certificado analítico de estudio y entrevista personal.

Artículo 12: Las Prácticas en Talleres Didácticos Productivos serán supervisadas por un Tutor Interno, el cual deberá ser un Docente de la Casa con amplio dominio del tema propuesto y un Tutor Externo que deberá ser Ingeniero Agrónomo o Zootecnista perteneciente a la Empresa o Institución.

Artículo 13: En caso que el Tutor Externo no sea Ingeniero Agrónomo o Zootecnista deberá presentar curriculum vitae que acredite idoneidad en el tema propuesto.

Artículo 14: Una vez cumplimentado el artículo 8 del Reglamento general de Prácticas Profesionales, el Comité solicitará al Alumno la presentación de: a) Plan de trabajo de la Práctica, el cual deberá constar de: título del trabajo, objetivo, metodología de trabajo y cronograma de actividades; b) Nota de aceptación del Tutor Interno y del Tutor Externo, indicando lugar de trabajo. Toda la documentación deberá elevarse por duplicado.

Artículo 15: El Comité procederá a la aceptación de la documentación presentada que será elevada al Decano de la FAZ - UNT.

Artículo 16: El Decano mediante Resolución autorizará la realización de la práctica en Talleres Didácticos Productivos y se informará de dicha autorización al Comité, al Tutor Externo, Tutor Interno, Empresa o Institución y practicante.

Artículo 17: Una vez finalizada la práctica el alumno deberá elaborar un trabajo final que será elevado al Comité previa aprobación de los Tutores mediante nota escrita que será presentado por duplicado.

Artículo 18: El Comité evaluará y calificará el trabajo final escrito y determinará fecha y hora de la exposición oral. La calificación final comprenderá el informe final escrito y la exposición oral.

Artículo 19: El Comité elevará a Departamento Alumnos, un Informe con las actividades realizadas y completará un acta de examen manual para luego ser migrada al SIU, con la calificación final correspondiente, rubricado por al menos 3 (tres) de sus miembros.

Artículo 20: Las Prácticas en Talleres Didácticos Productivos serán Ad-Honorem, no recibiendo los Practicantes remuneración alguna por parte de la FAZ - UNT, por no configurar ni una relación de empleo público ni un contrato de trabajo privado.

Practicantado Agronómico

Artículo 1: El Practicantado Agronómico se realizará sobre temas específicos, correspondientes a Proyectos de Investigación, Transferencia y/o Extensión y Actividades Productivas que se desarrollen en Entidades Facilitadoras.

Artículo 2: Se considerarán Entidades Facilitadoras: a) Empresas o instituciones públicas o privadas relacionadas con el medio rural; b) Grupos de asesoramiento. c) Con un asesor de empresa rural individual o de un grupo de productores. d) Otras acciones o prácticas que puedan considerarse pertinentes a las futuras actividades relacionadas al título de Ingeniero Agrónomo.

Artículo 3: Las Entidades Facilitadoras estarán ligadas a la FAZ mediante un Acta Compromiso u Acuerdo que se realizarán a través de la Secretaría de Extensión. La misma tendrá una duración estipulada por ambas partes y podrán ser renovadas oportunamente y no generarán derechos por parte de los firmantes. Para ello la Entidad Facilitadora deberá completar los Anexos I y II del presente reglamento.

Artículo 4: La Entidad Facilitadora deberá brindar al Practicante la ayuda necesaria para el cumplimiento de la Práctica. Disponer de lugar adecuado para el desarrollo de la actividad y si la Entidad Facilitadora considerará pertinente podrá otorgar un beneficio económico al Practicante.

Artículo 5: La Entidad Facilitadota deberá facilitar al Practicante los beneficios que se le acuerden a su personal en materia de comedor y transporte.

Artículo 6: La Entidad Facilitadora deberá permitir la supervisión de las actividades que cumple el Practicante por parte del Tutor y de la Facultad.

Artículo 7: El Practicante deberá cumplir con las normas internas de la Entidad Facilitadora y efectuar sus actividades con puntualidad, asistencia regular, dedicación y excelente presentación. Además, deberá considerar información confidencial toda la que reciba durante el desarrollo del Practicantado Agronómico ya sea información relacionada con las actividades de la Entidad Facilitadora y/o sus clientes y/o con los procesos o métodos empleados. Para ello deberá completar el Anexo III del presente reglamento.

Artículo 8: El incumplimiento por parte del Practicante de sus obligaciones expresadas anteriormente serán consideradas infracción grave y constituirán causa suficiente para que la Entidad Facilitadora deje sin efecto el Practicantado Agronómico, sin derecho por parte del Practicante a indemnización alguna por ningún concepto.

Artículo 9: El Practicantado Agronómico no implica relación laboral alguna entre Practicante y UNT y/o Entidad Facilitadora.

Artículo 10: El Practicantado Agronómico aportará un beneficio mutuo entre el practicante, la entidad facilitadota y la facultad en su proyección al medio.

Artículo 11: En caso que se presentarán varios practicantes a una misma Empresa Facilitadora y esta no tuviera disponibilidad para recibirlos, el Comité de Prácticas Profesionales seleccionará a los aspirantes mediante concurso de antecedentes, certificado analítico de estudio y entrevista personal.

Artículo 12: El Practicantado Agronómico será supervisado por un Tutor Interno, el cual deberá ser un Docente de la Casa con amplio dominio del tema propuesto y un Tutor Externo que deberá ser Ingeniero Agrónomo o Zootecnista perteneciente a la Entidad Facilitadora.

Artículo 13: En caso que el Tutor Externo no sea Ingeniero Agrónomo o Zootecnista deberá presentar curriculum vitae que acredite idoneidad en el tema propuesto.

Artículo 14: Una vez cumplimentado el artículo 8 del Reglamento general de Prácticas Profesionales, el Comité solicitará al Alumno la presentación de: a) Plan de trabajo del Practicantado Agronómico, el cual deberá constar de: título del trabajo, introducción, objetivos, metodología de trabajo, cronograma de actividades (indicando salidas a campo y/o viajes) y bibliografía; b) Nota de aceptación del Tutor Interno y del Tutor Externo, indicando lugar de trabajo. Toda la documentación deberá elevarse por duplicado.

Artículo 15: El Comité procederá a la aceptación de la documentación presentada que será elevada al Decano de la FAZ - UNT.

Artículo 16: El Decano mediante Resolución autorizará la realización de la práctica agronómica y se informará de dicha autorización al Comité, al Tutor Externo, Tutor Interno, Entidad Facilitadora y practicante.

Artículo 17: Una vez finalizada la práctica el alumno deberá elaborar un trabajo final con estructura científica que será elevado al Comité previa aprobación de los Tutores mediante nota escrita que será presentado por duplicado.

Artículo 18: El Comité evaluará y calificará el trabajo final escrito y determinará fecha y hora de la exposición oral. La calificación final comprenderá el informe final escrito y la exposición oral.

Artículo 19: El Comité elevará a Departamento Alumnos, un Informe con las actividades realizadas y completará un acta de examen manual para luego ser migrada al SIU, con la calificación final correspondiente, rubricado por al menos 3 (tres) de sus miembros.

Artículo 20: Los derechos intelectuales del Informe Final serán compartidos entre el Practicante y los Tutores.

Artículo 21: Las Prácticas Agronómicas serán Ad-Honorem, no recibiendo los Practicantes remuneración alguna por parte de la FAZ - UNT, por no configurar ni una relación de empleo público ni un contrato de trabajo privado.

Tesinas

Artículo 1: La Tesina se realizará sobre temas específicos y/u originales, correspondientes a una investigación científica o bibliográfica, un diagnóstico o análisis de situación o una evaluación de un modelo de gestión o producción.

Artículo 2: Podrá ser Director de Tesina un Docente (Profesor Titular, Asociado o Adjunto) que tenga vinculación académica con el tema elegido. También podrá ser un Jefe de Trabajos Prácticos y Auxiliar Docente que acredite antecedentes y conocimientos en el tema propuesto. En este último caso el alumno deberá solicitar autorización expresa del Consejo Directivo de la FAZ, para lo cual se presentará una síntesis del tema a trabajar y curriculum vitae del Director propuesto. En caso que sea necesario, podrá designarse un Co-director que deberá poseer Título de cuarto nivel.

Artículo 3: Una vez cumplimentado el artículo 8 del Reglamento general de Prácticas Profesionales, el Comité solicitará al Alumno la presentación de: a) Proyecto de Tesina, el cual deberá constar de: título del trabajo, introducción, hipótesis, objetivos, metodología de trabajo, cronograma de actividades (indicando salidas a campo y/o viajes), factibilidad del proyecto (recursos humanos y materiales disponibles) y bibliografía; b) Nota de aceptación del Director, indicando lugar de trabajo. Toda la documentación deberá elevarse por duplicado.

Artículo 4: El Comité procederá a la aceptación de la documentación presentada que será elevada al Decano de la FAZ - UNT.

Artículo 5: El Decano mediante Resolución autorizará la realización de la Tesina y se informará de dicha autorización al Comité, al Director y al alumno.

Artículo 6: Una vez finalizada la Tesina, el alumno elevará al Comité 4 (cuatro) ejemplares de un mismo tenor adjuntando informe del Director.

Artículo 7: El Comité elevará al Consejo Directivo de la FAZ la propuesta del Jurado, conformado por tres docentes titulares y tres suplentes. Los cuales deberán ser Profesores y/o Jefes de Trabajos Prácticos, debiendo ser al menos dos Profesores de la casa.

Artículo 8: Una vez designado el Jurado de la Tesina mediante resolución del Consejo Directivo de la FAZ, el Comité realizará la distribución de los ejemplares al jurado.

Artículo 9: El jurado tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos como máximo para expedirse sobre la evaluación de la Tesina.

Artículo 10: El alumno podrá hacer la defensa oral de la Tesina solo cuando haya aprobado la totalidad de las asignaturas del correspondiente plan de estudio.

Artículo 11: El Comité fijará la fecha y hora de la defensa oral y pública.

Artículo 12: La defensa oral tendrá una duración entre 40 y 50 minutos y una vez concluido el tiempo de exposición el tribunal mantendrá una entrevista con el alumno.

Artículo 13: Concluida la defensa de la Tesina, el Jurado se reunirá en sesión reservada para calificar en una escala de 0 a 10. La calificación tendrá en cuenta: contenido e importancia del trabajo, exposición oral y entrevista.

Artículo 14: El Jurado elaborará el Acta de aprobación de la Tesina con la calificación correspondiente, la cual será elevada al Comité.

Artículo 15: En caso de que el alumno no apruebe la defensa de su Tesina tendrá opción a una segunda defensa en un plazo no mayor a 90 (noventa) días. Si ésta no fuera aprobada deberá reiniciar el trámite con la propuesta de un nuevo tema.

Artículo 16: El Comité elevará a Departamento Alumnos, un Informe con las actividades realizadas y completará un acta de examen manual para luego ser migrada al SIU, con la calificación final correspondiente, rubricado por al menos 3 (tres) de sus miembros.

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